En un comunicado oficial del Colegio Médico Veterinario del Perú oficializa la vigencia de la ley aprobada por el Congreso de la República del Perú, esta ley tiene como finalidad el lograr mejores resultados de Salud Pública, tomando como contenido los enfoques referidos a la inocuidad de los alimentos, el control de zoonosis y la lucha contra la resistencia a los antibióticos.
A continuación el comunicado oficial:
COMUNICADO A LA COMUNIDAD MÉDICO VETERINARIA Y PÚBLICO EN GENERAL
La Comisión de Gestión del Consejo Nacional del Colegio Médico Veterinario del Perú, quiere expresar su enorme satisfacción y júbilo con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Trabajo del Profesional de la Salud Médico Veterinario – Ley Nº 31151, en los siguientes términos:
La Ley promulgada se fundamenta en los criterios y conceptos propuestos por “Una Salud”; tiene como finalidad el lograr mejores resultados de Salud Pública, tomando como contenido los enfoques referidos a la inocuidad de los alimentos, el control de zoonosis y la lucha contra la resistencia a los antibióticos.
La norma aprobada tiene la siguiente estructura: Un Título Preliminar, con un artículo único, en el cual se desarrollan los Principios del ejercicio profesional del Médico Veterinario; luego, se despliegan cinco capítulos intitulados: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES; CAPÍTULO II PERFIL Y FUNCIONES DEL MÉDICO VETERINARIO; CAPÍTULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES; CAPÍTULO IV CARRERA PROFESIONAL DEL MÉDICO VETERINARIO; y, CAPÍTULO V MODALIDAD DE TRABAJO, los cuales están desarrollados en 10 artículos. Posteriormente, se anotan tres DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES y una DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA.
El proceso para su aprobación y promulgación tuvo un largo camino que inició en el año 2014, y luego de presentarse una serie de propuestas preliminares, oficializó su presentación ante el Congreso de la República, la cual, luego ser evaluada por las comisiones respectivas, y, tras varias idas y venidas, pudo obtener los dictámenes favorables para luego ser puesto a consideración del Consejo Directivo del Congreso, con la finalidad de ponerse a debate del pleno. Casi a finales del año pasado, en medio de sufridas crisis políticas y sanitarias, nuestro proyecto de Ley fue aprobado por mayoría y luego fue remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación, pero, como era de esperarse, ésta sufrió algunos reveces por parte de algunos grupos de interés que ponían freno al inevitable avance de nuestra propuesta normativa. Luego de recibidas las observaciones del Poder Ejecutivo, se emprendió una ardua labor para poder sanearlas, y, después de llevarse a cabo varias sesiones de debate y sustento con las comisiones del Congreso, finalmente, el 30 de marzo del presente año, se logró la tan ansiada promulgación de nuestra Ley, la cual ha sido publicada en el diario Oficial El Peruano el día de hoy, 31 de marzo, y entrará en vigencia al día siguiente.
Los logros alcanzados con nuestra Ley son: i) que se reconozca a los Médicos Veterinarios como profesionales de las ciencias médicas y la salud; ii) desarrollar el perfil del Médico Veterinario de manera actualizada; iii) delimitar nuestras funciones; iv) determinar nuestros derechos y obligaciones; v) establecer criterios para el ingreso a la carrera de los profesionales en el Sector Salud; vi) definir los servicios veterinarios; vii) facultar a los Médicos Veterinarios a prescribir medicamentos con presentación para uso humano dentro del área de su nuestra profesión; viii) autorizar al Colegio Médico Veterinario del Perú para crear, regular y reglamentar el Registro de especialidades, Registro de residencias y Registro de certificación profesional por competencias; y, finalmente, ix) abordar algunos otros conceptos de suma relevancia para nuestro ejercicio profesional.
Casi siempre se ha asociado nuestra Profesión al tratamiento de “perros y gatos”, lo cual evidencia la falta de conocimiento y entendimiento de cuáles son las atribuciones, competencias, capacidades, cualidades, habilidades y funciones que cumplimos los Médicos Veterinarios en nuestra sociedad. Con la promulgación de nuestra Ley, la población en general va a conocer y entender que el Médico Veterinario es un profesional de las ciencias médicas y la salud al servicio del ser humano, cuyo ámbito de ejercicio profesional se desarrolla en las áreas de Salud Pública, Salud Animal, producción animal sustentable y Salud Ambiental.
El día de hoy es una fecha digna de recordarse, puesto que se han logrado avances significativos y trascendentales para nuestra profesión, por ello, nuestra institución quiere reconocer y enaltecer la incansable dedicación de nuestros colegas y personas allegadas que ha hecho posible la dación de la Ley de Trabajo del Profesional de la Salud Médico Veterinario, y estamos seguros que quedará como uno de los instrumentos vitales que permitan posicionar a nuestra dedicada profesión en el sitial que siempre nos ha correspondido.
La Comisión de Gestión del Consejo Nacional del Colegio Médico Veterinario del Perú reitera su enorme agradecimiento al esfuerzo y compromiso de nuestros colegas que han hecho posible que esta magna norma vea la luz.
Lima, 31 de marzo del 2021.
M.V. Eleazar Jesús Vargas Barboza
Decano
Comisión de Gestión del Consejo Nacional
Colegio Médico Veterinario del Perú